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COMUNICADO:

Definiciones sobre las formas de escolarizacion de la Provincia de Mendoza a partir del 3 de mayo.
   

RESOLUCIÓN Y ANEXO MODIFICA EL PROTOCOLO SANITARIO DE LA RES.390

Destacan las siguientes modificaciones:
 
1. Modulo COVID en GEM  sustituye el correo que la institución envíaba al referente COVID de salud. Es muy importante completar esta sección q será fuente informativa permanente y actualizada para el gobierno
2. Días de aislamiento pasan de 10 a 14
   

Fraternalmente
Prof. María del Carmen Amat - Presidente del CONSEC
Lic. Fernando Bertonati - Vicepresidente del CONSEC
Vuelta a la presencialidad vacunados primera dosis

TANTO LA DISPOSICIÓN NACIONAL COMO LA PROVINCIAL RESPECTIVA FUERON DEROGADAS.

Con fecha 9/4/2021 se ha publicado en el Boletín Oficial la Resolución Conjunta Nº 4/2021 (de los Ministerios de Trabajo y de Salud).
Su vigencia es a partir del mismo día de publicación, es decir 9/4/2021.

Situación:
a) Los empleadores podrán convocar al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19, independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos 14 días de la inoculación.
Deberán presentar constancia fehaciente de vacunación correspondiente o manifestar, con carácter de declaración jurada, los motivos por los cuales no pudieron acceder a la vacunación.
(como algunos de nuestros trabajadores en Mendoza fueron convocados por esta incluidos en el GEM de Nivel Inicial y Primario, es muy probable que ya varios hayan recibido la primer dosis).

b) Esto incluye a:
1)      Trabajadores mayores de 60 años de edad;
2)      Trabajadoras embarazadas
3)  Trabajadores incluidos en los grupos de riesgo que define la autoridad sanitaria nacional (con las excepciones del punto e del presente).

c) Los trabajadores que tengan la posibilidad de acceder a la vacunación y opten por no vacunarse (se trata de quienes han sido convocados a vacunarse, y no se presentaron, o directamente no se han inscripto para vacunarse encontrándose abierta esta posibilidad. Por empleo en Mendoza mayores de 60 años), deberán actuar de buena fe y llevar a cabo todo lo que esté a su alcance para paliar los perjuicios que su decisión pudieren originar a los empleadores o empleadoras. Esto implica, según los considerandos de la norma “llevar a cabo todo lo que esté a su alcance para cumplir con la obligación de realizar la tarea y paliar los perjuicios que su decisión pudieren ocasionar al empleador o a la empleadora”.
Ello implicaría en mi opinión, que podrían volver de todas maneras a realizar tareas (recuerden el taller que oportunamente se realizó sobre este particular, para munirse de la documentación adecuada en este caso).

d)      Excepciones:  
1) Las personas mencionadas en b) que a la fecha no han sido aun vacunadas ni convocadas para ello.

2) Personas con Inmunodeficiencias:
• Congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave.
• VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable).
• Personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días)

3) Pacientes oncológicos y trasplantados:
• con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa
• con tumor de órgano sólido en tratamiento.

En estos casos, habrá que requerir certificado médico.

Atentamente.
PEDRO PAIS
RESOL-2021-390-E-GDEMZA-DGE
Protocolo Sanitario Provincial - DGE
Información, Resolución y Anexo (Protocolo Sanitario) y
Declaración conjunta Consejo Federal de Educación
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