Acuerdos Paritarios
INFO+LEGALES
AUMENTO SALARIAL SOEME
(anticipo de información)
Compartimos la información recibida del Presidente de CONSUDEC, Abog. Adrián Álvarez, a modo de anticipo de lo acordado y con el fin de que puedar realizar los cálculos pertinentes.
El 30/04/2024 hemos llegado a un acuerdo con los representantes gremiales de SOEME a los efectos de actualizar los haberes de los empleados bajo el Convenio 318/99.
En ejercicio de la cláusula de revisión pactada en el acuerdo de fecha 26 de febrero de 2024, las partes acuerdan el siguiente incremento salarial:
- Un 12% (doce por ciento) de aumento adicional a partir del mes de abril de 2024, tomándose como base de cálculo los salarios básicos del mes de febrero de 2024.
- Un 14,5% (catorce y medio por ciento) de aumento adicional a partir del mes de mayo de 2024, tomándose como base de cálculo los salarios básicos del mes de febrero de 2024.
- La grilla quedaría conformada de la siguiente manera
Adrián Alvarez - Presidente CONSUDEC
ACUERDO PARITARIO SOEME
Ayuda escolar no docentes
Estimados, nos confirman de Buenos Aires, que ha habido acuerdo con SOEME, si bien aún no se ha presentado el acuerdo al Ministerio de Trabajo para su homologación, ya se puede liquidar con estos valores.
En cuanto a la ayuda escolar para los no docentes, se informa que para el año 2024 es de $70.000 por cada hijo.
Saludos.
Cdor. Pedro E. Pais Asesor CONSEC
ACTA ACUERDO
ESCALA
ACUERDO SALARIAL SOEME
Diciembre 2023
("revisión" - proyecto de acuerdo)
ACUERDO SALARIAL SOEME
Noviembre 2023
SOEME - Convenio Colectivo de Trabajo 318/99
Nota: Acuerdo suscrito por las cámaras empleadoras y el gremio SOCEM, aún no homologado - Se anticipa la información a fin de, si así se decide, pueda aplicarse, evitando el pago de retroactivos.
En ejercicio de la cláusula de revisión pactada en el acuerdo de fecha 11 de agosto de 2023, las partes acuerdan el siguiente incremento salarial: Un 13% (trece por ciento) de aumento adicional a partir del mes de noviembre de 2023, tomándose como base de cálculo los salarios básicos del mes de febrero de 2023.
Las partes acuerdan volver a reunirse en el mes de diciembre de 2023 a efectos de evaluar la situación de la economía general y de la actividad en particular, con la finalidad de retomar las conversaciones para acordar la recomposición salarial respectiva con respecto a los meses restantes dentro del presente periodo paritario en curso
SADOP Extraprogramáticos - Art. 18, inciso b) de la Ley 13.047 - Nota: se envía también este acuerdo para su conocimiento e información, si bien entendemos que en Mendoza no es aplicado por ningún colegio del CONSEC
- RECOMPOSICIÓN SALARIAL. Los empleadores abonarán a partir del 1° de noviembre de 2023 y del 1° de febrero de 2024, un incremento sobre los sueldos básicos de las y los docentes incluidos en el Art. 18, inciso b) de la Ley 13.047 y que se desempeña en los establecimientos privados de enseñanza comprendidos en el Artículo 2DO de la misma, para las categorías consignadas en el ANEXO a la presente, y conforme con las escalas allí establecidas. Los nuevos importes a abonar podrán compensarse hasta su concurrencia con los montos de cualquier naturaleza o denominación que se encontraren abonando los empleadores al personal docente con anterioridad a la entrada de su vigencia –siempre que constituyeran incrementos salariales unilateralmente otorgados por sobre las escalas salariales anteriores que fueran establecidas por ACTA del 1 de agosto de 2023, no pudiendo en ningún caso importar disminución alguna de la retribución que las y los docentes perciben a la fecha de suscripción de la presente.
- SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. Las partes volverán a reunirse en el mes de febrero de 2024, y a partir de ese momento con una frecuencia trimestral, a fin de realizar un seguimiento del cumplimiento del presente acuerdo y de la evolución de la inflación, actualizando los montos mínimos aquí fijados, a fin de preservar el poder adquisitivo del salario docente. Asimismo, las partes podrán acordar: clasificar las nuevas tareas que se creen y reclasificar las que experimenten modificaciones por efecto de las innovaciones tecnológicas o nuevas formas de organización del trabajo docente.
ACTA ACUERDO
Agosto 2023
Revisión de Aumento
Paritaria SOEME
El 30/12, pasado el mediodía, se ha presentado ante el Ministerio de Trabajo de la Nación el acuerdo para el sector no docente.
Dado que la mayoría de los colegios ya realizó el pago de los salarios de noviembre, se sugiere que se pague el retroactivo de noviembre con el aguinaldo o con el sueldo de diciembre de 2022. Y los colegios que a la fecha aun no han concluido el proceso de liquidación, podrían incorporarlo y pagarlo, conforme lo establecido en el punto Cuatro del acuerdo.
Si bien el acuerdo no es exigible (dado que aun no ha sido homologado por el Minsiterio de Trabajo de la Nación), recomendamos, como siempre el pago conforme lo establecido en el punto Cuatro del acuerdo firmado.
Atentamente
CPN Pedro E. Pais.- Asesor CONSEC
Guia Paritaria Diciembre de 2022
Información recibida de DEP-DGE
Info DEP: Se remite guía paritaria con índices para diciembre y SAC.
Respecto a Asignaciones Familiares no se tiene la modificación todavía, se supone que debería aumentar los sueldos brutos base en la misma proporción que el aumento paritario, por lo que se sugiere paguen lo mismo que venían pagando antes del aumento y ajusten el mes que viene.
Hay aumento de Fonid, Conectividad y se establece un nuevo bono llamado material didáctico, están en la guía, recuerden que este dato es para el personal sin aporte dado que el con aporte lo recibirá en la planilla fonid que se envíe este mes.
Hay aumento de Fonid, Conectividad y se establece un nuevo bono llamado material didáctico, están en la guía, recuerden que este dato es para el personal sin aporte dado que el con aporte lo recibirá en la planilla fonid que se envíe este mes.
Acuerdo Salarial SOEME
Agosto/setiembre 2022
Estimadas/os Representantes, Apoderados y Responsables legales
(Esto, dada la duda generada, ya lo habíamos anticipado por WhatsApp en el grupo "Diálogos ..." informando que: Sobre el aumento SOEME que informamos x mail y WhatsApp el viernes estamos esperando que nos corroboren a partir de qué mes se aplica en cuanto tengamos dicha confirmación la enviaremos)
Como siempre, estamos a su disposición.
Fraternalmente
Prof. María del Carmen Amat Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
Estimados amigos.
En fecha 12 de agosto, se informó que estaba en proceso de firma el acuerdo con SOEME, y que este tendría aumentos concertados para julio y agosto.
La realidad es que aún está en proceso de firma, pero el acuerdo establece que los aumentos son para agosto y septiembre y ésta es la información disponible en la web de SOEME, lo que implicaría una aceptación por parte del gremio de los porcentajes, como de la "entrada en vigencia: AGOSTO - SETIEMBRE 2022".Motivó esta diferencia, y error por mi parte, el hecho de que el diálogo siempre fue similar al convenido con SAEOEP, quien consiguió para Capital Federal y algunas zonas del Gran Buenos Aires, un aumento similar, pero con efecto de julio y agosto, y fue éste el primer borrador que circuló entre los paritarios, pero, como se demoró la firma del acuerdo, se estableció que los aumentos se hicieran efectivo en agosto y setiembre 2022.
---------------------------------
Situación actual: por apuro de informar, y dado que hubiera habido quien pagara diferencia julio, (sumado a las necesidades del personal no docente, que puede haber generado que se hubiera anticipado dicho aumento de agosto, por lo que se sugiere, sólo para este caso, cuanto sigue:
A) Pagar agosto y septiembre sin aumento, informando que la diferencia de septiembre fue pagada en agosto junto con la diferencia julio de 2022-.Es decir que para quienes pagaron julio con aumento, pagar agosto y setiembre con el 12% (explicando que la diferencia setiembre la cobraron con la diferencia julio., y aplicar el 24% sobre el sueldo de junio en octubre: cobrarían julio, agosto y setiembre con el 12% de aumento), y a partir del octubre el 24%, dado que en setiembre estarían cobrando el 24% - 12% cobrado en julio. De esta forma el aumento cobrado en conjunto sería igual, y los costos para la institución serían los mismos.
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Para quienes pagaron julio con los valores anteriores, y sin diferencia, y no han pagado diferencia alguna al personal no docente, pagar aumento del 12% (sobre el sueldo de junio) en agosto, y el 24% sobre el sueldo de junio en septiembre, como fue dispuesto en la paritaria.
Se adjunta archivo excel con las escalas actuales.
Saludos cordiales.
CPN Pedro E. Pais
Indicaciones enviadas por la DEP,
como complemento del Decreto respectivo
y de los modelos de planillas
Consideraciones: el presente ajuste contendrá: (para la liquidación complementaria)
* Diferencia paritaria por aumento de índices.* Suma remunerativa no bonificable de marzo: ($ 7200) la misma ya puede ser liquidada por las instituciones dado que se abona a los dos cargos, al cargo y 18 horas y a horas cátedras (proporcional) estableciendo 7200= 18 hs. y pudiendo liquidarlas hasta 36 horas.* Diferencia de Salario Familiar por cambio en el monto de las bases de remuneración bruta y aumento de asignaciones.* Diferencia de AYUDA ESCOLAR PAGADA EN MARZO (DECRETO 269/22)* PAGO DE AYUDA ÚTILES ESCOLARES: este punto considerar como base de calculo los haberes liquidados para el mes de febrero 2022, es decir que cobraran solo las personas que están incluidas en la liquidación de febrero 2022.
Atentamente.
Cdor. Omar Rodriguez
Jefe Depto. Contable
Dirección Educación Privada
Algunas dudas-síntesis puntuales
1) El Bono de $7200 remunerativo. Se abona por cargo. SI, con un tope de 2 cargos.2) Y si el personal tiene cargo + HC . Se abona 7200+ 7200/18* (cantidad de horas). Y esto con límite de (7200*2) = 14.400 por persona.Si tiene dos cargos cobraría 14.400 por este bono. Es así? SI3) Por otro lado, en caso de pluriempleo. Quién lo paga? Lo paga cada uno de los empleadores en la proporción que le corresponda a la cantidad de horas4) Y no entendí si para el aguinaldo lo tenemos en cuenta o no. Es remunerativo, SI se tiene en cuenta para el cálculo de aguinaldo. También para determinar el importe del salario familiar que le correspondiere cobrar5) Y NO se tendría en cuenta para el cálculo del Haber Mínimo Garantizado. (NI ítem Aula ni Bono $7200...) Es así? SI, es así
ACUERDO SALARIAL con SOEME
2022
Compartimos la información recibida del Cdor. Pedro Pais, Asesor del CONSEC del acuerdo arribado con SOEME, como así también la sugerencia respectiva.
Como siempre, lo enviado es para su consideración y evaluación en v/comunidad para la toma de decisiones informada.
Les deseamos un bendecido fin de semana, en vísperas de este 2 de abril, tan relevante y vigente en la historia argentina: Día del veterano y de los caídos en la guerra de la Malvinas, y también aniversario de la partida a la Casa del Padre de San Juan Pablo II quien tanto abogó por la paz.
Por ello los animamos a la oración, juntos por la PAZ y en sus palabras, ¡Paz! Paz en la justicia, en el respeto de los principios fundamentales universalmente reconocidos y afirmados por el derecho internacional, en la mutua comprensión"...
Fraternalmente
Prof. María del Carmen Amat Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
Estimados Amigos:
Se adjuntan las nuevas escalas para no docentes. Se acordó el 30 de marzo. Quienes aún no han pagado pueden incluirlos en las planillas de marzo, y quienes ya pagaron deberán pagar el retroactivo correspondiente.
En principio no hay que realizar retenciones por Aporte solidario, dado que en este acuerdo no fue incorporado, y el anterior concluyó en enero de 2022.
Saludos.
Cdor. Pedro E. Pais
ACUERDO SALARIAL con SOEME
desde Octubre 2021
Estimados/as Representantes, Apoderados y Administración general.
Les enviamos la información recibida de nuestro Asesor Cdor. Pedro Pais respecto de un nuevo acuerdo (un "reajuste" de acuerdo) con SOEME, que desde el Gremio han anticipado desde hace unos días.
Con la información podrán tener las herramientas para las decisiones institucionales.
Fraternalmente
Prof. María del Carmen Amat Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
Estimados amigos, me acaban de informar que ya se ha firmado el acuerdo entre SOEME y las entidades patronales.
(SOEME lo viene informando desde el 22 de octubre).
En el mismo se ha establecido:
5% adicional en octubre.
5% adicional en noviembre
10% adicional en febrero de 2022.
Estos porcentajes son considerando como base el salario de febrero de 2021. -
Es decir que cobrarán un aumento por el año 2021 del 55%:
- 40% en octubre,
- 45% en noviembre y
- 55% en febrero 2022.
Por lo expuesto, se sugiere liquidar conforme lo ya acordado entre las Cámaras y el Gremio.
Las nuevas escalas son:
Agrupamiento Maestranza
feb-21 $ 41.432,24 $ 39.585,91 $ 38.356,81 $ 37.137,38 $ 36.710,69
mar-21 $ 47.647,08 $ 45.523,80 $ 44.110,33 $ 42.707,99 $ 42.217,29
jul-21 $ 51.790,30 $ 49.482,39 $ 47.946,01 $ 46.421,73 $ 45.888,36
sep-21 $ 55.933,52 $ 53.440,98 $ 51.781,69 $ 50.135,46 $ 49.559,43
oct-21 $ 58.005,14 $ 55.420,27 $ 53.699,53 $ 51.992,33 $ 51.394,97
nov-21 $ 60.076,75 $ 57.399,57 $ 55.617,37 $ 53.849,20 $ 53.230,50
feb-22 $ 64.219,97 $ 61.358,16 $ 59.453,06 $ 57.562,94 $ 56.901,57
Agrupamiento Administrativo
feb-21 $ 1.004,33 $ 992,68 $ 988,00 $ 974,01 $ 955,36
mar-21 $ 1.154,98 $ 1.141,58 $ 1.136,20 $ 1.120,11 $ 1.098,66
jul-21 $ 1.255,41 $ 1.240,85 $ 1.235,00 $ 1.217,51 $ 1.194,20
sep-21 $ 1.355,85 $ 1.340,12 $ 1.333,80 $ 1.314,91 $ 1.289,74
oct-21 $ 1.406,06 $ 1.389,75 $ 1.383,20 $ 1.363,61 $ 1.337,50
nov-21 $ 1.456,28 $ 1.439,39 $ 1.432,60 $ 1.412,31 $ 1.385,27
feb-22 $ 1.556,71 $ 1.538,65 $ 1.531,40 $ 1.509,72 $ 1.480,81
Otro tema: Una aclaración sobre el "complemento": Ante algunas consultas, se informa que por ahora para los hijos con discapacidad no se les ha establecido un importe superior de complemento por hijo para el mes de octubre,.
Finalmente: dadas las nuevas escalas salariales SOEME, debe verificarse si con los aumentos no se cambia de escala para el cobro de asignaciones familiares.
Saludos
Cdor. Pedro E. Pais - Asesor CONSEC
CONVENIO CON SOEME
Estimadas/os:
Hoy se presentó el Acta Acuerdo entre SOEME y los representantes de los Colegios Privados en el Ministerio de Trabajo de la Nación.
Coincide en todos los términos con lo informado oportunamente. Los montos que están en el acta, son exactamente iguales a los que informamos en abril a los Colegios, y el aporte solidario se aplicará a partir de junio.
Se adjunta la copia del Acta firmada y presentadaen esta misma sección en el apartado DOCUMENTOS.
Cdor. Pedro E. Pais - Asesor CONSEC
Diciembre 2019 sugerencias ACTUALIZADAS
Liquidación no docentes
Acuerdo Paritario SOEME 26/12/19
SUGERENCIAS:
Acuerdo Bono Docentes
SUGERENCIAS:
Bono No docentes
Información Complementaria del Taller Legal Contable
Estimadas/os R. Legales, Apoderados
Enviamos a continuación la información legal-contable recibida del Asesor Cdor. Pedro Pais, respecto del "bono $5000" para los NO DOCENTES (administrativos y maestranza). Como siempre, dicha información es a modo de SUGERENCIA con el fin de que los responsables de los Institutos tomen las decisiones pertinentes con la debida información y opinión.
Respecto de la carta que se consensuó con los Representantes y Apoderados presentes en la reunión del lunes 28, les informamos que será presentada ante la DEP y DGE el lunes 4/11, por lo que pueden venir a firmarla hasta el lunes próximo. Pueden venir en todo horario, ya que contamos con la amabilidad del personal de recepción de la UCA. Por ello la nota está disponible, sea en horario del CONSEC como el resto del día en mesa de entradas de la UCA.
SUGERENCIAS sobre el "Bono Decreto 665/2019" para el personal NO docente (administrativo y maestranza)
Ante la falta de acuerdo hasta el día de ayer entre el Sindicato SOEME y las entidades que nos representan, estimo que debemos optar por una de las siguientes alternatvias, a efectos de concluir la liquidación del mes de octubre:
a) Pagar los $ 5000 como no remunerativo con la denominación "Asignación no remunerativa a cuenta Decreto 665/2019"
b) Informar a los no docentes que considerando las dificultades financieras que tienen las instituciones educativas de Mendoza, se opta por la siguiente forma de pago: octubre una suma de $ 2000 a cuenta del Decreto 665/19, denominada "Asignación no remunerativa a cuenta Decreto 665/19" - el importe de $ 2000 es para el personal que trabaje 46,5 horas de no se horario completo corresponde su proporcional.
c) Diferir el pago, a la espera de algun acuerdo, o sugerencias de CONSUDEC, FAERA o COORDIEP, y pagar lo que se resuelva a través de complementaria.
Análisis de las alternativas sugeridas:
- En mi opinión, si bien la alternativa a), sería la que mejor se ciñe al texto legal
- La alternativa b) otorga un tratamiento similar al de los docentes extraprogramáticos conforme acuerdo con SADOP.
- De este modo además el personal no verá disminuido su salario "de bolsillo" en relación al mes anterior que tuvieron el Beneficio Decreto 561/19.
- Si se opta por la alternativa a), se debe considerar que "en el bolsillo" este personal en noviembre percibirá $ 5000 menos que en octubre.
- Si se opta por la alternativa b)- habría que informar al personal que la diferencia de $ 3000, para completar los $5000, se pagará entre noviembre y diciembre, en forma análoga a lo resuelto para los extraprogramáticos, salvo que intertanto se llegue a un acuerdo entre SOEME y las entidades patronales, lo que se informará y aplicará si se produce.
Entonces: de optar por b o c, ante cualquier reclamo o consulta particular o del gremio se debe informar que:
- Existe predisposición al pago íntegro del adicional.
- Las instituciones educativas a través de los organismos nacionales están dialogando con las autoridades de los Sindicatos. Que a la fecha sólo a un acuerdo con el SADOP por los extraprogramáticos y que bajo ese mismo espíritu se aplica por razones financieras a los no docentes.
SE RECUERDA: que es un importe NO REMUNERATIVO: no hay que hacer retenciones ni pagar aportes patronales.
De lo analizado, y buscando una compensación de argumentos, mi sugerencia personal es la alternativa b, es decir abonar como "adicional a cuenta Decreto 665/19" la suma de $ 2000 o su equivalente (según la proporción de horas trabajadas) al personal no docente, previendo pagar los $ 3000 restantes entre noviembre y diciembre.
Atentamente.-
Cdor. Pedro E. Pais
ESTIMADAS/OS
Según nos comprometimos el viernes de la semana pasada, compartimos la información legal-contable recibida del Asesor Cdor. Pedro Pais.
Como siempre, dicha información es a modo de SUGERENCIA con el fin de que los responsables de los Institutos tomen las decisiones pertinentes con la debida información y opinión.
Fraternalmente
Como siempre, dicha información es a modo de SUGERENCIA con el fin de que los responsables de los Institutos tomen las decisiones pertinentes con la debida información y opinión.
Fraternalmente
Hno. Eutimio Rubio Saez Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
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Estimados amigos
Ref. 1) Acuerdos con SOEME – incrementos salariales año 2018-2019Ref. 2) Decreto que continúa la reducción contribuciones patronales por 2019
Ref. 1)
En fecha 6 de junio se ha
llegado a dos Acuerdos con SOEME, el que abarca incrementos por el año 2018 y
por el año 2019. Se hace necesario efectuar el cálculo para determinar la
situación en que se encuentran nuestros empleados, por el periodo marzo 2018 a
mayo 2019.
Ello implica un trabajo arduo,
porque habrá que re-liquidar todos los
sueldos desde marzo 2018 a mayo 2019, a efectos de compararlos con los importes
cobrados por todo concepto por nuestro personal. Para ello se
sugiere tomarnos el tiempo que la paritaria admite para el 2018 y hasta marzo
de 2019 para hacer el cálculo correcto, incluyendo incluso abril y mayo ’19.
Por lo tanto sugiero liquidar
junio 2019 y aguinaldo, y trabajar planilla por planilla desde marzo 2018 a
mayo 2019, para determinar las situaciones y la posibilidad de la existencia de
deuda con el personal.
JUNIO 2019. Efectuar el cálculo correcto, y compararlo con lo
liquidado y pagado en mayo.
De surgir un importe inferior al liquidado y pagado en mayo,
proceder a liquidar junio correctamente consignando los conceptos conforme la
paritaria, y por la diferencia (para que no cobren un importe menor al cobrado
el mes anterior), consignar “Adecuación
pauta salarial 2018/2019”.
De surgir un importe superior, liquidar correctamente el sueldo de
junio 2019.
Liquidar aguinaldo considerando siempre la retribución mayor.
Diferir el cálculo de las diferencias a julio 2019, a efectos de no
generar confusión con el aguinaldo, y trabajar con tiempo en las liquidaciones,
considerando cada situación persona por persona: presentismo, cambios de
categoría, cambios de antigüedad, horas extras, etcétera.
En síntesis - MES DE JUNIO,
AGUINALDO Y JULIO
Hacer el cálculo correcto y determinar si el sueldo abonado en mayo
2019 fue menor, igual o superior al liquidado en junio con el ajuste a cuenta
de aumento paritario.
a)
En caso de ser menor, hay que liquidar
correctamente el sueldo y el aguinaldo.
b) En caso de ser mayor el sueldo pagado en mayo,
se sugiere liquidar el sueldo con las nuevas escalas, y consignar un ítem
denominado “Adecuación pauta salarial 2018/2019”.
c) Aguinaldo.
Liquidar el 50% del importe liquidado conforme a o b (siempre el mayor).
d) Para
la liquidación de julio 2019, tener
en cuenta las escalas incrementadas conforme el acuerdo paritario, y además hay que realizar el aporte
solidario del 1%.
DIFERENCIAS
Análisis de las situaciones correspondientes a los periodos marzo 2018
a mayo 2019.
En principio, hay tiempo para
efectuar este análisis hasta el 31 de julio de 2019 por el periodo
correspondiente a marzo 2018 hasta marzo 2019
Habría que re-liquidar mes a mes
las sumas liquidadas de cada planilla de no docente: determinar el monto que
hubiere correspondido, y restarle lo pagado tanto en concepto de bono,
gratificación, o Ajuste a cuenta de aumento paritario.
Podría surgir que en algunos meses se liquidó y pagó más y en otros
menos, por lo que habría que realizar la suma algebraica para determinar si
existe o no deuda.
De este análisis podría surgir:
1)
Inexistencia
de deuda. En este caso, se notifica al personal que los aumentos otorgados
por el establecimiento han sido superiores a los acordados en paritaria, por lo
que no existe deuda a liquidar (se sugiere mostrar la liquidación). – Liquidar
Julio correctamente, sin “a cuenta…”,
salvo que el sueldo liquidado en mayo aun sea superior al que corresponde en
julio, en cuyo caso se mantendrá un “a
cuenta…” hasta el próximo aumento salarial en que será absorbido.
2)
Existe
deuda acumulada, pero en junio liquidé
el concepto “Adecuación pauta salarial
2018/2019”. En este caso,
tomar la deuda acumulada, restarle el importe pagado en junio, y dividir el
saldo en 2 cuotas a liquidar y pagar en julio y agosto 2019.
3)
Existe
deuda acumulada, pero como el salario de junio fue superior a mayo no
liquidé “Adecuación pauta salarial 2018/2019”. En este caso pagar la
deuda en 2 cuotas: una en julio y otra en agosto 2019.
NOTIFICAR A LOS NO DOCENTES
a) Que
en fecha 6 de junio de 2019 se firmó un acuerdo paritario entre el SOEME y las
entidades patronales.
b)
Que el salario de junio y el aguinaldo se
liquidará considerando las escalas vigentes acordadas en la paritaria. Cuando
el monto pagado en mayo sea superior, se complementará en una suma que será
absorbida en los próximos aumentos, o con la deuda, de existir, a efectos de
que nadie perciba un importe inferior al cobrado en mayo.
c)
Durante julio se hará el análisis de los montos
liquidados y pagados por la institución, y si bien interpretamos que no existe
deuda, porque los incrementos otorgados por la institución han sido superiores
a los acordados, en caso de quedar alguna se liquidará y pagará 50% en julio y
50% en agosto.
d)
A partir de julio volverá el aporte solidario 1%
a favor de SOEME, el que será retenido en los bonos de sueldo del personal.
Ref. 2) Por otro lado, se
informa que fue firmado el Decreto de continuidad en la reducción de las
contribuciones jubilatorias patronales, por lo que se confirma lo que venimos
realizando y se aplican dichas reducciones por todo el año 2019.
Se ha preparado también una planilla de Excel con diferentes
posibilidades
a modo de EJEMPLOS.
Atentamente.-
CPN PEDRO PAIS – Asesor CONSEC
En el día de ayer, 6 de junio de 2019, se han cerrado las Paritarias con el sindicato SOEME relativas al 2018 y 2019.
LA SEMANA PRÓXIMA PUBLICAREMOS UN ANÁLISIS, DETALLES, CÁLCULOS Y SUGERENCIAS PARA SU APLICACIÓN.
Hemos preferido anticipar la información recibida, sin dilatar más esta situación que tanta incertidumbre ha generado y por tanto tiempo.
ENTONCES:
- Nos comprometemos a que en la semana próxima estará disponible un análisis y SUGERENCIAS.
- También esta información que adelantamos servirá a los efectos que v/responsables institucionales comiencen a efectuar cálculos o estimaciones y las puedan COTEJAR con lo que enviaremos la semana próxima.
Fraternalmente
Hno. Eutimio Rubio Saez Presidente CONSEC
Lic. Fernando Bertonati Vicepresidente CONSEC
NOVEDAD IMPORTANTE:
Acuerdo entre
DEP-SADOP-CONSEC-ACPM:
Cambio desde Junio (en Julio) en la
fecha de transferencia de aporte estatal
Estimados Representantes legales:
Comunicamos a Uds. que
el pasado viernes 17/05/2019, a pedido
de la Dirección de Educación Privada, se acordó entre dicho Organismo
estatal; las Cámaras representantes de
la Educación Privada (CONSEC y ACPM); y el Sindicato Argentino de docentes
privados (SADOP), un diferimiento en la transferencia de Aportes estatales, hasta el 4º día hábil del mes posterior
al devengado.
Esta propuesta fue fundamentada
en la necesidad de unificar el pago de haberes con el incremento
correspondiente al ajuste paritario (cláusula gatillo), correspondiente al período salarial devengado, contrariamente a
como ha ocurrido hasta ahora, que hemos ido abonando salarios con más el ajuste
inflacionario del mes anterior. La medida, fue acordada por un plazo de 3 meses a
partir de la transferencia de Aportes estatales para el pago de haberes del
próximo mes de Junio 2019 (es decir a principios del mes de Julio de
2019), intertanto en ese mismo período,
comenzarán a preliquidar
experimentalmente salarios (con
aportes), desde el Estado Provincial (conforme ya se había
anunciado), tomando para ello la base de
datos suministrada por las Instituciones
en el Sistema G.E.M.
Conforme estimaciones de la D.E.P., en dicho plazo, estarían en condición de comenzar a
preliquidar definitivamente salarios de nuestras Plantas
funcionales a efectos de la
determinación del Aporte Estatal a transferirnos. Así se regularizarán
volvería a los plazos actuales: el
último día hábil del mes devengado.
De este cambio en el
plazo de transferencia de aporte estatal se deriva que:
a) La preliquidación de haberes (novedades), sin Ajuste paritario seguirá haciéndose al 12 de cada mes
b) La preliquidación final con el Índice de Ajuste correspondiente al mes a pagar, deberá ser remitida a la DEP hasta el día 17. Para ello el día 15 la DEP informará el índice respectivo.
c) El depósito efectivo de los salarios en las cuentas bancarias del personal, podrá verificarse hasta el día 4to hábil (podría ser como máximo el día 6 del mes siguiente).
d) La rendición de cuentas a la D.E.P. seguirá haciéndose dentro de los 10 días corridos posteriores a la efectivización de la transferencia del Aporte estatal.
El cambio propuesto, ha sido programado para el pago de
haberes del mes de junio, previendo así reducir-mitigar el impacto de la
modificación en el bolsillo del personal,
con el pago del 1º SAC 2019 y del Ajuste Paritario del mes de Mayo 2019,
lo que se concretaría en los últimos 10
días del mes de junio. Consecuentemente con lo expuesto, solicitamos comunicar al personal para que puedan prever con antelación el cambio de fechas de pago de
haberes y los efectos en el vencimiento
de obligaciones que tengan contraídas para los primeros días del mes (por
ej. pago de tarjetas de crédito u otros)
Por otro lado ES MUY IMPORTANTE que cada empleado verifique la carga de sus
datos personales: cargos, carga horaria, antigüedad, cargas de familia y
demás novedades personales en el Sistema G.E.M.
a efectos de informar - corregir cualquier error lo que podría
traer si no es corregido un erro en la liquidación de sus haberes.
Atentamente
Lic. Fernando
Bertonati – Vicepresidente CONSEC
Abog. Eduardo Attorri
– Asesor CONSEC